Quienes tenían dudas sobre la posición europea respecto a la actuación procedimental de la justicia española en la cuestión abierta por el independentismo catalán en el caso en torno al procés pueden ir dejando de lado reparos y reconocer, llanamente, que las instituciones europeas no aceptan los subterfugios jurídicos como sustitutos de la política, al menos en su jurisdicción, y especialmente en lo que concierne a disputas territoriales. Existe un hilo de continuidad entre las decisiones de los últimos años de los tribunales alemanes, belgas y británicos, y el veredicto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que conocimos esta semana.
El mensaje del tribunal tiene una doble vertiente. Mucho se ha discutido en los últimos años sobre el fondo y la forma. Primero fueron los independentistas los que se escudaron en la verdad del fondo para romper el status quo estatutario y constitucional con el arrebato parlamentario del 6 y 7 de septiembre, con el desafío del 1 de octubre, a continuación y, finalmente, con la fallida declaración unilateral de independencia. En aquel trance, el gobierno español se presentó a sí mismo como el guardián de las formas legales, el estado de derecho, que, según decía, garantizaba la convivencia de todos. Mientras tanto, el independentismo, ante las dificultades evidentes que supone siempre ser una minoría (en un «Estado Autonómico» o «nación de naciones»; pero, además, en su propio territorio, pese a la mayoría circunstancial en términos de representación parlamentaria) reclamaba su legítimo derecho a ir más allá de las leyes vigentes, para ejercer plenamente su soberanía de manera unilateral. De este modo, fondo y forma se contraponían para justificar los intereses de las partes.
De este modo, hace falta una mirada más «hegeliana» sobre el conflicto para entender los límites que impone la mirada kantiana sobre el asunto de justicia con la cual se enfoca el conflicto y su eventual resolución. Forma y fondo, como nos enseñó Hegel, van de la mano, y cuando parten aguas, se ven disminuidas, como ocurre con la estética posmoderna y la ética procedimental. La forma define al fondo dialécticamente, y viceversa.
Esta vez, las consignas para todos los involucrados son:
(1) Ceñirse a las formas establecidas (aunque estas mismas formas estén en discusión y busquen ser rebatidas o subsumidas por un nuevo formato constitucional);
(2) aceptar que no se puede ir con prisas (las prisas del procés y las prisas del constitucionalismo han causado un descrédito generalizado de la cultura hispano-catalana, que ha destrozado sus respectivas pretensiones de democraticidad y sentido común, además de daños innecesarios a una parte importante de la población); y
(3) dirimir políticamente los conflictos (es decir, forjar compromisos consensuados, y poner paños fríos a la frustración que supone la dinámica en la distribución fáctica de fuerzas en la sociedad en cada circunstancia concreta, recordando que no hay peor pecado en democracia que los esencialismos que intentan congelar la dinámica social).